Tuesday, January 15, 2013

Diputados conocen nueva versión de Ciudades Modelo

Diario Tiempo
Tegucigalpa - La Cámara Legislativa conoció ayer un proyecto de ley que propone la creación de las Ciudades Modelo o charter city en una nueva versión jurídica, luego de que el primer decreto fue declarado inconstitucional el año anterior.
El proyecto presentado por el diputado nacionalista de Atlántida, Rodolfo Irías Navas, propone reformar los artículos 294, 303 y 329 de la Constitución de la República. La idea de Irías Navas es que el artículo 294 se lea de la siguiente forma: El territorio nacional se dividirá en departamentos y zonas sujetas a regímenes de conformidad con el artículo 329 de esta Constitución. Su creación y límites serán decretados por el Congreso Nacional.
Los departamentos se dividirán en municipios autónomos administrados por corporaciones electas por el pueblo. Irías Navas sugiere que el artículo 303 diga lo siguiente: La potestad de impartir justicia emana del pueblo y se imparte gratuitamente en nombre del Estado, por magistrados y jueces independientes, únicamente sometidos a la Constitución y las leyes. El Poder Judicial se integra por una Corte Suprema de Justicia, por jurisdicciones especiales para las zonas del territorio nacional sujetas a regímenes especiales creados por la Constitución de la República, por las cortes de Apelaciones, los juzgados y demás dependencias que señale la ley.
En ningún juicio habrá más de dos instancias, el juez o magistrado que haya ejercido jurisdicción en una de ellas no podrá ejercer en la otra, ni en recurso extraordinario en el mismo asunto, sin incurrir en responsabilidad. Tampoco podrá juzgar en una misma causa los cónyuges y parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
La redacción propuesta para el 329 dice: El Estado promueve el desarrollo económico y social, que estará sujeto a una planificación estratégica. La ley regulará el sistema y proceso de planificación con la participación de los poderes del Estado y las organizaciones políticas, económicas y sociales, debidamente representadas. Para realizar la función de promover el desarrollo económico y social y complementar las acciones de los demás agentes de este desarrollo, el Estado con visión a mediano y largo plazo diseñará concertadamente con la sociedad hondureña una planificación contentiva de los objetivos precisos y los medios y mecanismos para alcanzarlos.
Los planes de desarrollo de mediano y largo plazo incluirán políticas y programas estratégicos que garanticen la continuidad de su ejercicio desde su concepción y aprobación, hasta su conclusión. El plan de nación, los planes de desarrollo integral y los programas incorporados en los mismos serán de obligatorio cumplimiento para gobiernos sucesivos.

IMPORTANTE
La creación de una zona sujeta a un régimen especial solo podrá ser hecha por el Congreso Nacional, previo referéndum o plebiscito.

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